HUANCAVELICA PERU - Primer Portal Regional del Perú
lia
 
Mensajes a Celulares
   
Envía mensajes de texto a celulares.
Selecciona el operador:

LEY No. 12101.

CREANDO EL DISTRITO DE SAN ANTONIO DE ANTAPARCO, EN LA PROVINCIA DE ANGARAES

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente :

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Art.1.- Créase en la provincia de Angaraes, del Departamento de Huancavelica, el distrito de San Antonio de Antaparco, que tendrá como capital el pueblo de Antaparco.

Art.2.- El distrito de San Antonio de Antaparco comprenderá como anexos a los caseríos de Azuna, Tacmayoce,Pampahuasi,Maizena, Huacchaclla Lambras y Tintayoc, y su límites serán los siguientes:
Por el Norte, una línea que parte de Artisa yooc Mocco, pasa por Quinsa Cruz, Morro Comas, Punta Mocca,Guallhusccasa,Abancaypata, Carniceriamocco, por la diversoría de aguas de Cuchillaccinan, terminando en el puente Viejo de Larama y riachuelo de Llanopampa; pro el Sur de la confluencia del río Cachi el riachuelo de Llanopampa, una línea que pasa por el Cerro de Naupallacta, Tomanca Cruz, Royllpata, hasta el Abra de Quinavilca,por el Oeste; del Abra de Quinuavilca una línea que pasa por la Cruz de Cullupite, Ogishcapata, Huiropampa Cruz y termina en Artisayoce Mocco, lugar donde comenzó esta demarcación.

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en lima a los Treinta días del mes de Marzo de mil Novecientos Cincuenticuatro.
JULIO DE PIEDRA ,Presidente del Senado.
J.M.PEÑA PRADO, Presidente de la Cámara de Diputado.
RAFAEL AGUILAR, Senador Secretario.
RAUL REVOREDO, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la casa,de Gobierno, en lima, a los Siete días del mes de Abril de mil Novecientos Cincuenta y Cuatro.

MANUEL A .ODRIA.
AUGUSTO ROMERO L

 

Link de Interes
Copyright © 2005 INTERNEXUS PERU S.A.C.
Se publica oficialmente desde 05-04-2006